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sábado, 15 de septiembre de 2012

Fallo histórico en las P2P: un abonado no es responsable del uso indebido del wifi por terceros

Hasta ahora, cientos de juicios en Estados Unidos contra la mal llamada piratería y el uso de las P2P se enfocaban sobre el propio abonado y su conexión inalámbrica. Daba igual quién fuera realmente, si el rastreo en BitTorrent sobre la descarga de algún material con copyright llevaba a una IP, automáticamente la denuncia recaía sobre el abonado al ISP. Desde hace unas horas un fallo histórico en Estados Unidos cambia la forma de ver las cosas. La lógica se impone y se admite que un abonado a la red no debe asegurar su conexión inalámbrica para evitar que terceros las usen para infringir los derechos de autor.

Fallo histórico en las P2P

Dicho de otra forma, lo que la juez de California Phyllis Hamilton ha admitido es que los usuarios no pueden hacerse responsable de las infracciones de otras personas a través de su conexión.

Y es que las demandas en BitTorrent en Estados Unidos se han alargado en el tiempo durante más de dos años con unas índices que nos indican que al menos 250.000 usuarios supuestamente han compartido archivos ilícitos.

¿Cómo? La forma de actuar de los titulares en el país siempre es la misma. Una IP es igual a una evidencia. A partir de ahí, se pide a los tribunales dictar una orden judicial para averiguar los datos personales de los presuntos culpables de forma que los proveedores acaban ofreciendo estos datos. Un esquema en el que la persona que paga por los servicios se convierte en infractor, sea o no verdad.

Con el tiempo han sido varios los jueces que han acabado determinando que una IP no equivale a una persona y por lo tanto el argumento no es válido. Para contrarrestar este argumento, los titulares de derechos han introducido la teoría de la “negligencia”, un argumento donde los abonados de Internet eran responsables del uso ilícito que se hacía de su red. Un movimiento que permitía a los titulares de derechos continuar con las demandas en curso.

Y aquí es donde aparece la figura de la juez Hamilton con un fallo que por primera vez se sitúa a favor del abonado.

Un caso donde la firma AF Holdings demandó a un titular de cuenta, Josh Hatfield, por no asegurar su conexión inalámbrica e incumplir su obligación a ello. Como resultado, la firma argumentó que Hatfield era responsable de las infracciones cometidas por terceros sobre su red.

Evidentemente Hatfield no estaba de acuerdo con esta afirmación y sostuvo que la firma no podía demostrar que las personas estaban obligadas a asegurar sus redes wifi para evitar la piratería.

Finalmente la juez Hamilton acabó dictando lo siguiente:

AF Holdings no ha articulado ninguna base para imponer a Hatfield en el deber jurídico de prevenir la violación de las obras protegidas. Hatfield no está acusado de tener material de AF que daría lugar a la obligación de proteger los derechos de autor de AF Holdings, y tampoco está acusado de haber participado en cualquier abuso de autoridad por la que haya creado un riesgo de peligro.

Un fallo histórico donde la juez especifica y excluye que los suscriptores de Internet tengan alguna obligación para/con los titulares de derechos a la hora de proteger sus conexiones inalámbricas. Una decisión que la misma Electronic Frontier Foundation alaba comentando que:

Con esta decisión se envía un mensaje claro de que los dueños del copyright no pueden utilizar artimañas legales para eludir las protecciones de la ley sobre los puntos de acceso a Internet.

Sin duda un revés para los titulares de derechos que puede sentar un precedente en el futuro.





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